La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley que establece un régimen de seguridad, protección de salud para bomberos voluntarios

18 DE NOVIEMBRE DE 2020

El documento pasa a la Cámara de Senadores.

El proyecto de ley que modifica y amplía la Ley 5375/14, que modifica varios artículos de la Ley 1431/99 reemplazando la denominación de cuerpo de bomberos voluntarios por instituciones de bomberos voluntarios del Paraguay, incluyendo a instituciones independientes.

Entre las modificaciones se agregó como requisito que las instituciones de bomberos voluntarios del Paraguay organizados en toda la República cuenten con personería y se hallen inscriptos en el Ministerio del Interior, autoridad de aplicación de la ley.

Según la diputada Kattya González, la normativa beneficiará a unos 14.000 bomberos de todo el país.

El Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) y la autoridad de aplicación, el Ministerio de Interior, deberán hacer reconocimiento oficial de los certificados que expida la academia de formación básica de los bomberos voluntarios.

La actividad del bombero voluntario será considerada por su empleador tanto público como privado como una carga pública.

En el artículo 25 de la normativa queda garantizada la protección de la salud e integridad física de los bomberos voluntarios de todo el país.

Igualmente, se instruye que el bombero que sufriere accidente o contrajere enfermedades en actos de servicio recibirá atención médica integral gratuita, incluidas atenciones hospitalarias y quirúrgicas, hasta su total restablecimiento en el Centro Nacional Del Quemado, Hospital de Trauma, Instituto de Previsión Social y demás centros asistenciales públicos o privados.

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